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martes, julio 24, 2012

El TC y el legislador

El TC y el legislador

Llama la atención que cuatro de los ministros del TC descarten la idea que éste debe ser deferente con determinaciones de órganos de representación democrática.

por Patricio Zapata, - 24/07/2012 - 04:00

POR MI ESPECIALIDAD profesional, debo estar al tanto de la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional (TC). Ello me obliga a leer atentamente todos sus fallos que, en promedio, deben ser unos cuatro o cinco a la semana. Pues bien, hace dos semanas -el 10 de julio para ser más preciso-, el TC dio a conocer una resolución que contenía una declaración que me interesa comentar.

Más allá del asunto concreto discutido, lo que me ha llamado la atención es la forma en que cuatro de los ministros descartan la idea según la cual el TC debe ser deferente con las determinaciones de los órganos de representación democrática; es decir, que debe presumir en principio su constitucionalidad, salvo que se acrediten vicios muy claros. En efecto, señalan textualmente: "En nuestro régimen positivo (...) la 'presunción de constitucionalidad de las leyes' no puede aceptarse si no se deduce de ciertos antecedentes o circunstancias conocidas. Menos cuando ella viene siendo desusada hasta en su mismo país de origen, en tanto no venga acompañada con otros elementos de juicio, según autorizada y reciente doctrina (Richard A. Posner, The Rise and Fall of judicial self-restraint, en California Law Review N° 3, junio 2012, pp. 519-556). Porque sustentar una tal suposición respecto de todas las leyes, sobre la sola base de provenir de los competentes órganos democráticos, esto es, únicamente por incumbir a decisiones legislativas mayoritarias, importaría amagar innecesariamente la supremacía de la Carta Fundamental…".

Hay que agradecerle al ministro Vodanovic, el redactor del texto recién citado, que haya incluido una cita a Posner (académico notable y magistrado judicial muy respetado). En este caso, sin embargo, quiero discutir el peso del argumento.

Como cabe esperar de un jurista de su talla, el artículo de Posner es muy persuasivo. Parece, sin embargo, que su autopsia de la deferencia judicial fue algo prematura. Apenas tres semanas después que se publicó The Rise and Fall…, la Corte Suprema de los Estados Unidos ha dado a conocer una decisión que revela que el principio de deferencia está muy vivo. Nos referimos a la sentencia de 28 de junio de este año, que validó por cinco votos a cuatro la reforma de salud del Presidente Obama. El voto decisivo para salvar la ley fue del presidente de la corte, John Roberts, magistrado reconocidamente conservador, quien, sin embargo, hace una enérgica defensa de la deferencia: "Nuestra lectura (...) se explica en parte por una reticencia general a invalidar los actos de los líderes electos de la nación. 'Un adecuado respeto por los otros poderes del Estado' requiere que nosotros sólo invalidemos una ley 'si es que la falta de autoridad constitucional para dictar dicha norma se puede demostrar claramente en Estados Unidos' (v. Harris, 1883). No poseemos ni la experticia ni las prerrogativas para hacer juicios de política. Esas decisiones están entregadas a los líderes electos de nuestro país, quienes pueden ser sacados de sus cargos si es que el pueblo está en desacuerdo con ellas. No es nuestro trabajo proteger a la gente de las consecuencias de sus elecciones políticas". Como se ve, y afortunadamente, la deferencia sigue viva

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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