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miércoles, noviembre 03, 2010

COLOMBIA Crecen críticas al proyecto de Estatuto Anticorrupción

Crecen críticas al proyecto de Estatuto Anticorrupción

Tras reiterar su oposición a la iniciativa, Alejandro Ordóñez señaló que al Ministerio Público se le están recortando las competencias en varios aspectos de ella


Por Luis Augusto Aponte Tinoco
Periodista de EL NUEVO SIGLO


NO FUERON pocos los reparos que recibió ayer el proyecto de estatuto anticorrupción en la comisión primera del senado, en una audiencia pública programada con el fin de socializarse la iniciativa que se encuentra a la espera de ser radicada en dicha célula legislativa.


El procurador Alejandro Ordóñez expresó sus reparos e inquietudes en varios capítulos de la iniciativa gubernamental.


Sanciones


El artículo 58 del proyecto dice: "La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura examinará la conducta y sancionará las faltas de los empleados de la Rama Judicial".
Para el Procurador, ésta competencia no se le debe recortar al Ministerio Público, pues la Constitución es clara en otorgarle la función disciplinaria sobre los empleados de la Rama.


"Según la Constitución, al Consejo Superior de la Judicatura únicamente se le asigna la competencia disciplinaria respecto de los funcionarios de la Rama Judicial y de los abogados. Los funcionarios son aquellos que tienen competencias jurisdiccionales, es decir, magistrados y jueces, así como la de los abogados en ejercicio de su profesión en la instancia que señala la ley. Cuando aquí se amplía la competencia para tratar las faltas de los empleados, es decir, de los escribientes, de los secretarios, de los oficiales mayores, se le está dando la competencia para disciplinar a quienes carecen de funciones jurisdiccionales, porque son funcionarios administrativos, y por eso, yo tengo mis serias dudas frente a la constitucionalidad de tal norma", señaló Ordóñez.


"Esta propuesta", añadió el funcionario, "implica recortar la competencia constitucional de la Procuraduría, pues extiende a la conducta de los empleados de la Rama Judicial que cumplen funciones administrativas y no función jurisdiccional".


Vigilancia preventiva


Otro de los aspectos que criticó Ordóñez tiene que ver con la nueva facultad también otorgada al Consejo Superior de la Judicatura en lo que tiene que ver con la vigilancia preventiva.


El artículo 59 establece: "El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, con arreglo a su reglamento interno, podrán diseñar políticas de prevención, y conforme a las mismas, ejercerá la vigilancia preventiva e iniciará o promoverá las acciones judiciales y disciplinarias, cuando se generen actos de corrupción en la administración pública".


Según Ordóñez, esta atribución rompe con la distribución constitucional de competencias: "El Consejo Superior es un órgano de la Rama Judicial, y por consiguiente, darle atribuciones para ejercer funciones preventivas sobre la administración pública, rompería la distribución constitucional de competencias, pues implica una intromisión en la actividad de la propia rama del poder público, y específicamente de la Procuraduría que le compete por misión constitucional ejercer esas funciones".


"Se atribuye una función de vigilancia preventiva que es extraña a las competencias del Consejo Superior y suplantando las competencias constitucionales de la Procuraduría", agregó.


Organismos especiales


Ordóñez también hizo reparos a la regulación que hace el proyecto sobre los organismos especiales para la lucha contra la corrupción: "Los organismos especiales para la lucha contra la corrupción no son nuevos, están en la ley 190, pero no ha habido voluntad política para que funcione. Aquí están dañando la regulación  de la Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha Contra la Corrupción y es excluyente, ya que esta comisión, en la norma actual, aparece integrada por un representante de las Cámaras de Comercio, uno de las juventudes, uno de las organizaciones de mujeres, uno por las etnias y otro de las iglesias. Estos son excluidos, y se le agregó algo para construirla en una comisión designada directamente por el presidente la República y en la legislación actual es mucho más democrática".


"Yo sinceramente no le encuentro ninguna justificación a esto, porque se está dañando lo que ya existe. En el proyecto ni siquiera se establecen requisitos mínimos para integrar esta comisión, que sí se establecen en la legislación actual", agregó.


El funcionario señaló que con las nuevas funciones que tendría esta comisión, se le iría a recortar facultades a las superintendencias.


Fiscalía


En su intervención en la comisión primera del Senado, el vicefiscal Fernando Pareja se refirió a los inconvenientes que traería esta iniciativa si es aprobada.


"Cada vez que se expone una ley, esa ley tiene unas consecuencias y por eso el texto y contenido de las normas generan en cada caso un efecto diferente. De aprobarse el texto de la norma como está actualmente, generaría primero la necesidad de crear más cupos carcelarios y de crear mayor capacidad en la Policía Judicial, en la Fiscalía, en los juzgados y tribunales para responder y para poder cumplir adecuadamente la disposición", dijo.


Según Pareja, cómo está contemplada la iniciativa, tocaría redoblar el personal de la Policía Judicial, la Fiscalía y los Juzgados para hacerle frente a los nuevos delitos que se van a implementar.

 

Sin embargo, el funcionario propuso reglamentar los beneficios penales. "La alternativa es crear el desarrollo de un derecho premier que no prohíba en modo absoluto, sino que reglamente la concesión, por ejemplo de la suspensión provisional de la pena o la libertad condicional", anotó



Gobierno insiste en reglamentar el lobby


El ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas, le insistió al Congreso y al procurador Ordóñez sobre la necesidad de reglamentar el llamado cabildeo o lobby en el país, tal como está contemplado en el proyecto de ley del Estatuto Anticorrupción.


El alto funcionario afirmó, durante la audiencia pública sobre el estatuto anticorrupción, que con este paso se da mayor transparencia y publicidad al proceso de formación de las leyes y a la toma de decisiones en la administración pública.


"Yo creo que esta normatividad elemental va a darle transparencia, pero sobre todo publicidad a las tareas que muchos abogados, gremios y otras entidades adelantan regularmente. El propósito que nos anima es regular como lo manda la Constitución en un mínimo el concepto, basta con que en la Secretaria de Cámara y Senado figure un libro público, en donde se deje un registro de que entidad, gremio o persona pretende emitir unos puntos de vista, y no tendrán que identificarse como cabilderos o lobistas", indicó.


Vargas señaló que las disposiciones incluidas en el articulado no buscan coartar a quienes ejercen el cabildeo, sino hacer pública su gestión: "A donde apunta es a buscar un principio de publicidad sin que existan restricciones para que no se vea coartado ningún derecho. Prácticamente todos los países han llegado a la conclusión de que una reglamentación mínima resulta oportuna y útil".


Aseguró además que la ciudadanía podrá conocer el registro de quienes adelantan el cabildeo en el Legislativo y en las diferentes entidades del Estado, con el único propósito de que se gobierne en una urna de cristal
Fuente:
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

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