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miércoles, mayo 12, 2010

Uso de banderas mapuche y otras

Uso de banderas mapuche y otras


El 15 de septiembre de 2009 entró en vigencia el Convenio 169 de la OIT, por el cual se garantiza reconocimiento y protección a los pueblos indígenas, así como promoción y respeto a sus formas de vida, sus culturas e instituciones. Invocando dicho convenio, el Consejo Mapuche Mallolafquén solicitó a la Municipalidad de Villarrica izar la bandera mapuche junto con el emblema nacional, requerimiento que fue rechazado por el alcalde de dicha comuna, quien, no obstante, pidió un pronunciamiento de la Contraloría General, pues la ley regula el uso de los emblemas nacionales. De hecho -y aunque carece de todo sentido-, la misma ley prohíbe a los ciudadanos izar la bandera chilena, excepto los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre en los cuales, además, están obligados a hacerlo.

El 28 de abril la Contraloría dictaminó que "la Municipalidad de Villarrica se encuentra facultada para autorizar el izamiento de la bandera, emblema o escudo del pueblo mapuche junto a la bandera nacional, en las reparticiones municipales de su dependencia, en el entendido de que el uso de esos símbolos cumpla la exigencia de satisfacer una expresión cultural, educativa o artística de la referida etnia".

Este dictamen no hace sino reflejar los pasos dados por los gobiernos de la Concertación en cuanto al reconocimiento a las distintas etnias indígenas y otros grupos minoritarios de la sociedad, en procura de una sociedad más pluralista y tolerante con la diversidad étnica y cultural. Sin embargo, esta multiculturalidad parece enfrentarse a la necesidad de resguardar y fortalecer la común identidad nacional, a cuyo respecto los símbolos patrios, y en especial la bandera, cumplen un papel fundamental. Desde esta perspectiva, son atendibles los cuestionamientos de quienes han planteado que izar banderas indígenas junto a la bandera nacional estaría contraviniendo la tradición unitaria del Estado chileno. Esta discusión ya había sido planteada con anterioridad, al debatirse el reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, advirtiéndose la necesidad de preservar la unidad e identidad nacional. Este resguardo cobra especial importancia porque, pese a ese reconocimiento, algunos dirigentes mapuches han mantenido sus demandas, sosteniendo que lo que se ha producido hasta ahora no es un acogimiento a los requerimientos políticos (autonomía y libre determinación) de los pueblos originarios, sino que se limita a aspectos meramente culturales.

Con todo, y aunque el dictamen de la Contraloría sólo se refiere al uso de la bandera mapuche junto con la chilena, sus efectos parecen estar yendo más lejos. Cabe notar que el presidente del partido Wallmapuwen, Gustavo Quilaqueo, ya ha solicitado el uso del emblema mapuche en distintas reparticiones públicas, e incluso en establecimientos educacionales, y el presidente del Consejo de Todas las Tierras, Aucán Huilcamán, está abogando por izar la bandera en La Moneda. Frente a esto, parece conveniente destacar que la Contraloría limitó la autorización a la satisfacción de expresiones culturales, educativas o artísticas, por lo que este dictamen no tiene el alcance ni debiera ser utilizado en el sentido de acoger las exigencias políticas más o menos autonomistas de ciertos sectores mapuches. Su empleo no debería ser diferente del que ya tienen otras banderas regionales o locales, como las de Magallanes u otras. Y, además, cabría preguntarse si era del todo indispensable que la Contraloría abordara este asunto, ya que, como se ha visto, tiene connotaciones que exceden con creces el ámbito administrativo y pueden proyectarse sobre aspectos que la ciudadanía no ha debatido.

FUENTE: emol
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
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